Reforzar la obligación de
emitir facturas
Por todas las operaciones económicas realizadas por autónomos (personas físicas) y sociedades, asegurando así una mayor transparencia y control fiscal.
Emite tus facturas en sólo 3 clics con Cuéntica,
cumpliendo la normativa Verifactu y con la tranquilidad
de
estar haciendo las cosas bien.
Así de rápido, así de fácil.
¿Hablamos?
A partir de 2027 entra en vigor la nueva normativa que obliga a que todas las facturas digitales se emitan a través de programas certificados adaptados al reglamento. Ya no se podrán hacer facturas con programas no adaptados a la nueva legislación de facturación.
Recogida en la Ley Antifraude, la nueva normativa busca garantizar que las facturas no se puedan manipular y facilitar el control fiscal por parte de la Agencia Tributaria.
Por todas las operaciones económicas realizadas por autónomos (personas físicas) y sociedades, asegurando así una mayor transparencia y control fiscal.
Garantizando que la información sea accesible, que no se pueda manipular y que esté en un formato estándar para facilitar su envío a la Administración y su correspondiente análisis.
Así se dificulta la falsificación de los registros mediante el uso de elementos de seguridad y control en las facturas y en los sistemas informáticos desde las que se emiten.
A partir de la fecha de entrada en vigor, solo se podrán emitir facturas a través de programas de facturación certificados y adaptados a la normativa antifraude. Las facturas hechas con Word, Excel u otras aplicaciones digitales no adaptadas dejan de tener validez.
Por tanto, a la hora de emitir facturas digitales hay que optar por un software adaptado a la normativa.
Hay dos modalidades oficiales disponibles:
Verifactu es obligatorio para todas aquellas personas que desarrollen actividades económicas en España (profesionales, autónomos y sociedades) y emitan facturas digitales.
Las facturas se envían automáticamente a Hacienda en el momento de la emisión.
Las facturas no se envían a Hacienda al emitirlas, debes conservarlas hasta que la AEAT te las solicite.
Si emites muy pocas facturas al año, podrás optar por la conocida como aplicación de último recurso de Hacienda, que próximamente será desarrollada por la propia Agencia Tributaria, que en principio está pensada para un uso limitado.
Nuestra recomendación es optar por un software en modalidad Verifactu con envío automático para tener una operativa más simple, reducir riesgos y limitar tu responsabilidad de conservación como usuario.
Emites una factura como siempre, con un click.
Automáticamente se generan los códigos únicos que identifican cada factura.
La factura queda registrada y, si estás en modalidad con envío automático, se envía Hacienda en tiempo real.
Al enviar la factura a tu cliente podrá confirmar que los datos son los registrados en Hacienda.
Además de cumplir con la normativa, Cuéntica te permite hacer seguimiento de las facturas que emitas, llevar el control de tus gastos y presentar tus modelos fiscales.
Además de los campos que ya se están incluyendo en las facturas en la actualidad (datos fiscales de emisor y cliente, número y serie de la factura, fecha, base imponible, impuestos, importe total…), la implantación de Verifactu implica que las facturas deberán incorporar:
Verifactu no supone únicamente un cambio de programa de facturación, es un cambio de hábitos de facturación. Para adaptar tu negocio, tendrás que tener claros algunos aspectos:
El 28 octubre 2024 se aprobó la orden Ministerial con las últimas precisiones técnicas del nuevo sistema de facturación marcando tres fechas clave.
Todo software de facturación digital tiene que estar adaptado a la nueva normativa desde este día.
Obligatorio para sociedades. Desde este día, las sociedades deberán usar un software adaptado al nuevo reglamento.
Obligatorio para personas físicas. Desde este día, los autónomos deberán usar un software adaptado al nuevo reglamento.
Si aún no has decidido qué software de facturación vas a utilizar a partir de la entrada en vigor de Verifactu, estos son algunos consejos que deberías tener en cuenta:
Estas son las respuestas a preguntas que suelen llegarnos y que vamos actualizando. Si tienes alguna duda en particular y no está resuelta, no dudes en dejarnos tus datos y te llamamos para resolverlas rápidamente.
Sí, Verifactu es obligatorio para todos los autónomos (personas físicas) y sociedades que desarrollen actividades económicas en España y emitan sus facturas de forma digital, salvo que estés en el SII o que tu domicilio fiscal esté en Navarra o País Vasco o que no tengas obligación de emitir facturas. Todos deben usar un software de facturación adaptado a la normativa dentro de los plazos establecidos: sociedades desde el 1 de enero de 2027 y autónomos a partir del 1 de julio de 2027.
No sería obligatorio para ti si cumplieras con alguna de las excepciones: estar de alta en el SII (Suministro Inmediato de Información), que tu domicilio fiscal esté en Navarra o País Vasco (porque ya usan un sistema similar llamado Ticketbai) o que no tengas obligación de emitir facturas por tus operaciones.
Las sanciones son graves: si a partir de la fecha en que sea obligatorio para ti utilizas un software no adaptado, la multa puede ser de 50.000€ por ejercicio fiscal. Si tienes una sociedad, asegúrate de que tu software está adaptado a la normativa antes del 1 de enero de 2027 y, si trabajas como persona física (autónomo), antes del 1 de julio de 2027.
No. Verifactu es una normativa que regula la forma en que funcionan los SIF (Sistemas Informáticos de Facturación), lo que vienen a ser los programas o software de facturación. Si emites todas tus facturas en papel de forma manual, no te aplica la normativa.
Efectivamente, aunque técnicamente los autónomos tengan hasta el 1 de julio de 2027 para adaptarse a Verifactu, en la práctica la obligación se adelanta de facto a todos los nuevos autónomos que se den de alta a partir del 29 de julio de 2025, porque esa fecha es en la que todos los fabricantes de software ya solo pueden distribuir programas adaptados al nuevo reglamento.
Por tanto, si te das de alta como autónomo desde el 29 de julio de 2025, tendrás que usar un software de facturación en una de las dos modalidades Verifactu. En Cuéntica tenemos mucha experiencia asesorando a nuevos autónomos y tramitando sus altas, escríbenos si crees que podemos ayudarte.
Todos los programas de facturación tienen que estar adaptados a la normativa desde el 29 de julio de 2025. Además, puedes solicitarles una declaración responsable y tienen la obligación de enviártela. Aquí tienes la declaración responsable de Cuéntica.
Si contratas un software de facturación a partir del 29 de julio de 2025, ese programa ya debe estar adaptado a Verifactu desde el primer día que lo uses, aunque todavía no sea obligatorio para ti como autónomo (hasta el 1 de julio de 2027). Esto es porque, según la normativa, todos los proveedores de software deben ofrecer únicamente sistemas adaptados a partir de esa fecha. Es una ventaja para ti, porque te aseguras de estar preparado con antelación y evitas tener que hacer cambios posteriores.
Lo que no es obligatoria es la remisión automática de tus facturas a la Agencia Tributaria. Puedes contratar un software adaptado a Verifactu pero en modalidad de envío manual (sin envío automático a Hacienda).
No necesitas hacer ningún trámite previo en Hacienda para empezar a usar Verifactu, solo tienes que asegurarte de que tu software de facturación esté adaptado a la normativa. El programa que uses debería explicarte qué modalidad Verifactu soporta para que puedas elegir si quieres que se remitan tus facturas automáticamente a Hacienda o si prefieres hacer el envío de forma manual cuando la Administración te solicite los registros.
La activación de la remisión automática de las facturas a la AEAT no tiene carácter retroactivo, así que empezarán a enviarse las facturas emitidas a partir del momento de la activación de esa modalidad.
Lo obligatorio no es el envío (de momento) sino que el software que uses cumpla con los requisitos técnicos del reglamento y soporte la modalidad con la que tú quieras trabajar.
Si eliges un software en modalidad Verifactu con envío automático, sí se enviarán en tiempo real en el momento de emitirlas. Pero también puedes utilizar el software en modalidad de envío manual (también conocido como "No-Verifactu") si lo soporta. En este último caso, las facturas no se envían automáticamente pero estás obligado a enviarlas cuando la AEAT te las solicite.
De momento Hacienda da estas dos modalidades como un paso previo, pero se estima que en un futuro próximo todos los programas funcionen únicamente en modalidad con envío automático y remitan las facturas en tiempo real.
Cuando estás en modalidad con envío automático, no es posible cambiar de modalidad hasta que no termine el ejercicio fiscal. Al comenzar el nuevo año y antes de emitir ninguna factura de ese ejercicio será cuando puedas cambiar a la modalidad con envío manual. En ese caso, ten en cuenta que perderás algunos beneficios, como la reducción de responsabilidades de conservación de datos.
Si estás en modalidad manual, sí puedes cambiarte a la modalidad con envío automático en cualquier momento del año, pero una vez realizado el cambio ya tienes la permanencia de esa modalidad durante ese ejercicio.
Sí, puedes utilizar diferentes programas de facturación y cada uno puede estar en una modalidad diferente, uno con envío automático a la AEAT y otro en modalidad con envío manual. Cada uno de ellos debe estar adaptado a Verifactu de forma independiente y funcionar de forma consistente a la modalidad elegida para ese sistema. Deberás asegurarte también, especialmente si estos programas emiten facturas de forma automatizada, de no duplicar registros.
De forma muy resumida, Verifactu (Ley Antifraude) se refiere a los requisitos y controles técnicos que debe cumplir tu software de facturación para garantizar que los datos y operaciones no puedan manipularse ni ocultarse a la Administración. La factura electrónica (Ley Crea y Crece) se refiere al formato electrónico y al envío de la factura en sí misma y la legislación está todavía en proceso. Facturae es un formato específico de factura electrónica.
Los contribuyentes que ya lleven sus libros registro del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII) están exentos de aplicar el reglamento Verifactu.
No, Ticketbai y Verifactu son sistemas complementarios, destinados a la misma función pero en territorios distintos. Ticketbai es la normativa para País Vasco y Navarra, que lleva en funcionamiento desde 2022, y Verifactu es la normativa para el resto del territorio nacional. Si estás en Navarra o País Vasco, debes facturar con un software adaptado a Ticketbai (como Cuéntica).
El coste depende de la solución que elijas. Si ya usas un software de facturación en la nube, la actualización debería ser automática. Si usas software instalado en tu ordenador, puede que necesites actualizar a una nueva versión. En Cuéntica todos los usuarios tendrán acceso a Verifactu sin coste adicional, manteniendo el mismo precio de su plan actual.
Sí. La fecha de expedición siempre será la de "hoy" (el día que emites la factura), pero puedes indicar una "fecha de operación" diferente. Son dos fechas distintas: la fecha de expedición es cuando emites la factura y quedará registrada siempre y la fecha de operación es en la que puedes especificar el día en que realmente se realizó el servicio o se entregó el producto.
Verifactu no prohíbe que la "fecha de operación" de una factura sea anterior a la "fecha de expedición" de la misma siempre que esté dentro de los plazos marcados (antes del día 16 del mes siguiente). La restricción se aplica a la fecha de generación del registro de facturación por parte del software. Es decir, que tus facturas siempre van a llevar incorporada como "fecha de expedicicón" la fecha exacta en que las has emitido.
La fecha de cobro no es un dato obligatorio en las facturas Verifactu. Los únicos datos de fechas que exige la normativa son la fecha de expedición de la factura (que será siempre el día que la emitas) y la fecha en que se realizó la operación.
Si quieres incluir una fecha de vencimiento por motivos comerciales o de gestión, puedes ponerla como siempre, por ejemplo: "Cobro a 30 días" o la fecha estimada que consideres.
Para la liquidación de impuestos (IVA e IRPF), lo que importa es la fecha en que se devenga la operación (generalmente la "fecha de operación") y no la fecha en que expediste la factura si son diferentes. Por lo tanto, en tu ejemplo, liquidarías los impuestos en los modelos del primer trimestre (abril).
Esa factura sería correcta porque el reglamento marca que una operación devengada el 30 de marzo puede ser facturada como máximo el día 16 del mes siguiente (abril), por lo que estarías dentro del plazo para poder emitir la factura.
Sí. De hecho, es recomendable que tu software permita crear borradores de factura que puedas revisar o confirmar con tu cliente antes de emitir la factura definitiva. Elige un software que te permita generar borradores, presupuestos o facturas proforma.
Es una representación de los datos de la factura y los códigos que verifican la autenticidad de la misma. Lo genera el programa que uses para emitir las facturas y se verá al generar la factura en PDF o en cualquier otro formato. Al leer el código con la cámara del móvil te llevará a una página de la Agencia Tributaria donde te informará de los datos y el estado de esa factura. Si ha sido emitida y remitida automáticamente a Hacienda, podrá confirmarte la autenticidad de la misma, pero si no ha sido remitida automáticamente no podrá hacer la verificación a través de ese canal
Sí, el código QR debe estar visible en todas tus facturas, incluyendo las facturas simplificadas, siempre y cuando sean expedidas utilizando un programa informático.
Sí, puedes personalizar ciertos aspectos del código QR, pero la normativa es muy estricta en cuanto a los requisitos básicos de cómo debe visualizarse: debe tener un tamaño específico (entre 30x30 y 40x40 milímetros), ser perfectamente legible e ir acompañado de un texto aclaratorio concreto. Puedes decidir dónde ubicarlo dentro de la factura pero siempre garantizando la legibilidad y claridad del mismo.
Los datos que tú incluirás son los mismos de siempre, no conlleva más trabajo por tu parte. El software de facturación se encargará de generar y añadir el código QR, que será la principal diferencia al visualizar una factura previa a Verifactu con una ya conforme a Verifactu.
Para corregir una factura ya emitida debes emitir una factura rectificativa siguiendo el proceso habitual: indicar en ella qué estás corrigiendo y por qué motivo. Tu software de facturación se encargará automáticamente de generar todos los códigos necesarios para que quede claro que se trata de una corrección. Lo que no está permitido es modificar directamente la factura original una vez está emitida.
Ninguna diferencia con clientes nacionales, la normativa es para tu actividad como empresa/autónomo en España independientemente de dónde está tu cliente. Tu software seguirá funcionando igual que siempre: emites la factura con los datos del cliente extranjero y el sistema se encarga del resto automáticamente.
Sí, todos los tickets de venta, incluso los que no incluyen los datos del cliente, son considerados facturas simplificadas para la Agencia Tributaria y deben enviarse a través de Verifactu (en caso de estar en la modalidad de envío automático). El programa de facturación se encarga automáticamente de enviar esta información, por lo que no debería suponer trabajo adicional para ti.
No, Verifactu no te impone una obligación en cuanto a la recepción de facturas. La obligación de cumplir con Verifactu recae en el emisor de la factura. Por tanto, tú solo tienes que preocuparte de que el software que usas para emitir tus propias facturas esté adaptado a la normativa.
Puedes usar varios sistemas de facturación pero es importante evitar la duplicidad de información, porque Verifactu no admite tener registros duplicados. Si tu pasarela de pago ya emite las facturas con Verifactu, en Cuéntica tendrás que generar esos registros como "otros ingresos" para reflejar las operaciones en tu contabilidad sin emitir facturas como tal. Si quieres poder emitir facturas distintas en Cuéntica, que no hayan sido emitidas en la pasarela de pago, puedes configurar Cuéntica tanto en modalidad "envío automático" como en "envío manual".
Selecciona cliente, fecha, concepto... ¡y listo! Tu factura estará adaptada al nuevo sistema Verifactu.
Además, puedes crear borradores de facturas y mandarlos por email a tu cliente para su aprobación antes de emitirla de manera definitiva.
Sincronizando tus bancos o enviando las facturas a tu buzón de gastos puedes registrarlos de una manera ágil y con la seguridad de que no se te escapa nada.
Genera tus modelos de impuestos para presentarlos por tu cuenta o pídenos que los presentemos por ti. Simplemente Very-fácil.
Tienes a tu disposición las métricas más importantes de tu negocio para que puedas tomar decisiones basadas en datos.
No te frustres buscando en internet o hablando con chatbots. En Cuéntica siempre hablas con personas, asesoras fiscales con gran experiencia. Puedes hacerlo por teléfono, chat o email.
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