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¿Qué es y cómo se rellena un cheque bancario?

El cheque es el documento por medio del cual el librador (persona que lo emite) ordena al librado (entidad bancaria) que pague al tomador (persona que figura en el cheque o el portador del mismo) la cantidad de dinero que figura en el título.

Son los propios bancos o cajas de ahorro quienes facilitan al titular de una cuenta corriente cheques unidos en el talonario, para que el propio titular o la persona autorizada puedan disponer de los fondos depositados en dicha cuenta. Sirve como medio de pago y evita el uso del pago mediante la moneda de curso legal, por lo que se corren menos riesgos.

Tipos de cheques:

En términos generales, existen principalmente tres tipos de cheques, son los siguientes que detallamos a continuación:

  1. Cheque al portador. Se extiende con la expresión “páguese por este cheque al portador”. Se puede cobrar en ventanilla o ingresar en cuenta por cualquier persona.
  2. Cheque a la orden. Se pagará a la persona que figura en el cheque o a otra a su orden. Las expresiones que aparecen en el documento son:
    • El nombre de una persona determinada
    • Las palabras “a la orden de” y el nombre de una persona
  3. Cheque nominativo. Se paga exclusivamente a la persona que figura en el documento. La expresión que se utiliza es: el nombre de la persona con la cláusula “no a la orden”.

Cómo se rellena y qué información debe tener un cheque:

A continuación vemos la imagen de un ejemplo de cheque:

Para rellenar un cheque correctamente hay que completar cinco datos:

  1. La fecha y el lugar de emisión.
  2. El importe en cifras.
  3. El importe en letras, que debe coincidir exactamente con el importe en cifras.
  4. El beneficiario: el nombre de la persona o empresa que lo va a cobrar, o la expresión “al portador”.
  5. La firma de quien lo emite (el librador), igual a la de la ficha bancaria.

La normativa exige que se cumplan determinados requisitos para su validez, que se pueden agrupar en ineludibles y funcionales:

IneludiblesFuncionales
1. La denominación del cheque inserta en el texto del título, expresada en el idioma empleado para su redacción.Existencia de fondos a disposición del librador o cliente.
2. El mandato puro y simple de pagar una suma determinada en euros o en moneda extranjera convertible.Acuerdo expreso o tácito entre el librador-cliente y la entidad bancaria para disponer de fondos mediante la emisión de cheques, siendo la entrega de la talonaria prueba del acuerdo.
3. El nombre del que debe pagar denominado librado, que necesariamente ha de ser entidad bancaria.
4. El lugar del pago.
5. La fecha y el lugar de emisión del cheque.
6. La firma del que expide el cheque, denominado librador (quien emite el cheque y ordena su pago).
7. Serie, tipo y número de documento, cada cheque es único siendo esta numeración la utilizada para identificarlo.

10 medidas de seguridad en el uso de cheques

Todas las entidades bancarias advierten en los talonarios que entregan a sus clientes cómo ha de usarse, así como también cómo han de usarse los cheques que lo componen. Es conveniente atender a esta recomendación, pues de ello depende la eficacia de nuestra gestión y se evitan problemas de seguridad.

  1. Emitir preferentemente cheques nominativos y cruzarlos antes de entregarlos al beneficiario.
  2. Proteger el importe en cifras con barras o grafismos delante y detrás, para que no se pueda alterar.
  3. Comprobar que el talonario contiene los cheques numerados correlativamente.
  4. Inutilizar con una línea continua los espacios libres antes y después del importe en letras.
  5. Evitar los cheques al portador. Si se usan, cruzarlos y entregarlos solo a personas de confianza.
  6. Informar inmediatamente al banco de robos, extravíos o cualquier otra incidencia, incluida la no recepción por parte del beneficiario.
  7. Rellenar los cheques a mano o a máquina con tinta indeleble, evitando los rotuladores.
  8. Guardar el talonario en un lugar seguro, nunca en el coche ni en sitios visibles.
  9. Enviar los cheques por correo certificado, como valor declarado o por mensajería, nunca por correo ordinario.
  10. Comprobar en el extracto bancario que los cheques emitidos se han cargado en la cuenta por los importes correctos.
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