El cheque es el documento por medio del cual el librador (persona que lo emite) ordena al librado (entidad bancaria) que pague al tomador (persona que figura en el cheque o el portador del mismo) la cantidad de dinero que figura en el título.
Son los propios bancos o cajas de ahorro quienes facilitan al titular de una cuenta corriente cheques unidos en el talonario, para que el propio titular o la persona autorizada puedan disponer de los fondos depositados en dicha cuenta. Sirve como medio de pago y evita el uso del pago mediante la moneda de curso legal, por lo que se corren menos riesgos.
Tipos de cheques:
En términos generales, existen principalmente tres tipos de cheques, son los siguientes que detallamos a continuación:
- Cheque al portador. Se extiende con la expresión “páguese por este cheque al portador”. Se puede cobrar en ventanilla o ingresar en cuenta por cualquier persona.
- Cheque a la orden. Se pagará a la persona que figura en el cheque o a otra a su orden. Las expresiones que aparecen en el documento son:
- El nombre de una persona determinada
- Las palabras “a la orden de” y el nombre de una persona
- Cheque nominativo. Se paga exclusivamente a la persona que figura en el documento. La expresión que se utiliza es: el nombre de la persona con la cláusula “no a la orden”.
Cómo se rellena y qué información debe tener un cheque:
A continuación vemos la imagen de un ejemplo de cheque:
Para rellenar un cheque correctamente hay que completar cinco datos:
- La fecha y el lugar de emisión.
- El importe en cifras.
- El importe en letras, que debe coincidir exactamente con el importe en cifras.
- El beneficiario: el nombre de la persona o empresa que lo va a cobrar, o la expresión “al portador”.
- La firma de quien lo emite (el librador), igual a la de la ficha bancaria.
La normativa exige que se cumplan determinados requisitos para su validez, que se pueden agrupar en ineludibles y funcionales:
| Ineludibles | Funcionales |
|---|---|
| 1. La denominación del cheque inserta en el texto del título, expresada en el idioma empleado para su redacción. | Existencia de fondos a disposición del librador o cliente. |
| 2. El mandato puro y simple de pagar una suma determinada en euros o en moneda extranjera convertible. | Acuerdo expreso o tácito entre el librador-cliente y la entidad bancaria para disponer de fondos mediante la emisión de cheques, siendo la entrega de la talonaria prueba del acuerdo. |
| 3. El nombre del que debe pagar denominado librado, que necesariamente ha de ser entidad bancaria. | |
| 4. El lugar del pago. | |
| 5. La fecha y el lugar de emisión del cheque. | |
| 6. La firma del que expide el cheque, denominado librador (quien emite el cheque y ordena su pago). | |
| 7. Serie, tipo y número de documento, cada cheque es único siendo esta numeración la utilizada para identificarlo. |
10 medidas de seguridad en el uso de cheques
Todas las entidades bancarias advierten en los talonarios que entregan a sus clientes cómo ha de usarse, así como también cómo han de usarse los cheques que lo componen. Es conveniente atender a esta recomendación, pues de ello depende la eficacia de nuestra gestión y se evitan problemas de seguridad.
- Emitir preferentemente cheques nominativos y cruzarlos antes de entregarlos al beneficiario.
- Proteger el importe en cifras con barras o grafismos delante y detrás, para que no se pueda alterar.
- Comprobar que el talonario contiene los cheques numerados correlativamente.
- Inutilizar con una línea continua los espacios libres antes y después del importe en letras.
- Evitar los cheques al portador. Si se usan, cruzarlos y entregarlos solo a personas de confianza.
- Informar inmediatamente al banco de robos, extravíos o cualquier otra incidencia, incluida la no recepción por parte del beneficiario.
- Rellenar los cheques a mano o a máquina con tinta indeleble, evitando los rotuladores.
- Guardar el talonario en un lugar seguro, nunca en el coche ni en sitios visibles.
- Enviar los cheques por correo certificado, como valor declarado o por mensajería, nunca por correo ordinario.
- Comprobar en el extracto bancario que los cheques emitidos se han cargado en la cuenta por los importes correctos.