La legislación del IRPF nos va a imponer también que nosotros retengamos a determinados proveedores de servicios si son personas físicas. Es decir, estamos obligados a descontar del pago total de sus servicios un % de estos e ingresar esos importes a la Agencia Tributaria periódicamente.
Retenciones de los autónomos
- Es obligatorio retener IRPF en cada nómina que elaboramos a nuestros trabajadores.Y a continuación indicamos las facturas con retención:
- Facturas de alquiler de locales y otros inmuebles alquilados para realizar nuestra actividad.
- Facturas por servicios prestados por los autónomos profesionales que aparezcan como tal en el IAE, también denominados profesionales liberales.
- Facturas que nos envían algunos profesionales que realizan determinadas actividades en módulos (EO). Estos son:
IAE | Actividad económica en módulos sujetas a retención (1%) |
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314 y 315 | Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería |
316.2, 3, 4 y 9 | Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros artículos en metales N.C.O.P. |
453 | Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros |
453 | Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutados directamente por la propia empresa, cuando realice exclusivamente para terceros y por encargo |
463 | Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción. |
468 | Industria del mueble de madera. |
474.1 | Impresión de textos o imágenes |
501.3 | Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general. |
504.1 | Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire). |
504.2 y 3 | Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire. |
504.4, 5, 6, 7 y 8 | Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje. |
505.1, 2, 3 y 4 | Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos. |
505.5 | Carpintería y cerrajería. |
505.6 | Pintura, de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales. |
505.7 | Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales. |
722 | Transporte de mercancías por carretera. |
757 | Servicios de mudanzas. |
Si quieres saber más sobre las retenciones que se aplican a autónomos y empresas, no dejes de leer nuestro artículo sobre qué retenciones son obligatorias y cuáles son los modelos.