El cheque es el documento por medio del cual el librador (persona que lo emite) ordena al librado (entidad bancaria) que pague al tomador (persona que figura en el cheque o el portador del mismo) la cantidad de dinero que figura en el título.
Son los propios bancos o cajas de ahorro quienes facilitan al titular de una cuenta corriente cheques unidos en el talonario, para que el propio titular o la persona autorizada puedan disponer de los fondos depositados en dicha cuenta. Sirve como medio de pago y evita el uso del pago mediante la moneda de curso legal, por lo que se corren menos riesgos.
Tipos de cheques:
En términos generales, existen principalmente tres tipos de cheques, son los siguientes que detallamos a continuación:
- Cheque al portador. Se extiende con la expresión “páguese por este cheque al portador”. Se puede cobrar en ventanilla o ingresar en cuenta por cualquier persona.
- Cheque a la orden. Se pagará a la persona que figura en el cheque o a otra a su orden. Las expresiones que aparecen en el documento son:
- El nombre de una persona determinada
- Las palabras “a la orden de” y el nombre de una persona
- Cheque nominativo. Se paga exclusivamente a la persona que figura en el documento. La expresión que se utiliza es: el nombre de la persona con la cláusula “no a la orden”.
Cómo se rellena y qué información debe tener un cheque:
A continuación vemos la imagen de un ejemplo de cheque:
La normativa exige que se cumplan determinados requisitos para su validez, que se pueden agrupar en ineludibles y funcionales:
Ineludibles | Funcionales |
---|---|
1. La denominación del cheque inserta en el texto del título, expresada en el idioma empleado para su redacción. | Existencia de fondos a disposición del librador o cliente. |
2. El mandato puro y simple de pagar una suma determinada en euros o en moneda extranjera convertible. | Acuerdo expreso o tácito entre el librador-cliente y la entidad bancaria para disponer de fondos mediante la emisión de cheques, siendo la entrega de la talonaria prueba del acuerdo. |
3. El nombre del que debe pagar denominado librado, que necesariamente ha de ser entidad bancaria. | |
4. El lugar del pago. | |
5. La fecha y el lugar de emisión del cheque. | |
6. La fecha y el lugar de emisión del cheque. La firma del que expide el cheque, denominado librador (quien emite el cheque y ordena su pago). | |
7. Serie, tipo y número de documento, cada cheque es único siendo esta numeración la utilizada para identificarlo. |
Recomendaciones del uso de cheques:
Todas las entidades bancarias advierten en los talonarios que entregan a sus clientes cómo ha de usarse, así como también cómo han de usarse los cheques que lo componen. Es conveniente atender a esta recomendación, pues de ello depende la eficacia de nuestra gestión y se evitan problemas de seguridad.
