En función del régimen de IVA que corresponda, el autónomo y profesional va a tener una serie de obligaciones fiscales, documentales y administrativas:
- Obligación de expedir y entregar la factura por cada una de las operaciones que realice, y a conservar copia o matriz de las mismas.
- Obligación a llevar determinados Libros Registro:
- Libro Registro de Facturas Emitidas.
- Libro Registro de Facturas Recibidas.
- Libro Registro de Bienes de Inversión (solo en caso de sujetos que aplican la regla de prorrata del IVA)
- Obligación a presentar declaración de comienzo, modificación o cese en las actividades que realicen si éstas están sujetas al IVA. La declaración se realiza en el Modelo 036 antes del inicio de la actividad, o en el plazo de 30 días después del cese o de la modificación.