A partir del 2023, el porcentaje de cotización sube del 30,6% al 31,2%, tal y como explico en el artículo sobre qué es la cuota de autónomos.
El 29 de septiembre de 2021 entró en vigor el Real Decreto 817/2021 en el que se aprueba una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de un 1,6% (15€ al mes), pasando de ser 950€/mes a 965€/mes en 14 pagas desde el 1 de septiembre de 2021.
Esta subida del Salario Mínimo Interprofesional trae consigo consecuencias en los autónomos: el incremento de sus cuotas en función de su base de cotización a partir de enero de 2022.
Recordemos que la cuota de autónomos es un porcentaje que se aplica sobre la base de cotización escogida, siendo la base mínima 944,40€/mes y la máxima 4.070,10€/mes. A partir de enero de 2022, la base mínima de cotización se establece, presumiblemente, en 960,60€/mes y en 4.139,40€/mes la base máxima. Las bases de cotización las establece el Gobierno mediante los Presupuestos Generales del Estado y se pueden revisar en la página web de la Seguridad Social.
Los porcentajes que se aplican a la base de cotización y que determinan el importe a pagar de cuota de autónomos mensualmente provienen de:
- Contingencias comunes. Es decir, el importe que el autónomo tiene que pagar la Seguridad Social cuando no puede ejercer su trabajo por una enfermedad o un accidente no laboral (por ejemplo un catarro).
- Contingencias profesionales. La aportación que debe pagar autónomo por si no pudiera desarrollar su actividad por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. En función de la cuantía que se cotice por contingencias profesionales se calculará el importe que se recibirá el autónomo por baja laboral.
- Cese de actividad. Se entiende como cese de actividad a la cuota que se abona para poder obtener el paro, por ejemplo, en caso del cierre del negocio.
- Formación profesional. Garantiza el acceso a formación bonificada a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Con la subida de la cuota de los autónomos en el 2020, el porcentaje aplicado a la base de cotización pasó de ser un 30% a un 30,3%. Tras la subida del SMI en el 2022, los porcentajes que conforman la cuota de autónomos quedan de la siguiente manera:
HASTA DICIEMBRE 2021 | DESDE ENERO 2022 | |
Contingencias comunes | 28,30% | 28,30% |
Contingencias profesionales | 1,10% | 1,30% |
Cese de actividad | 0,80% | 0,90% |
Formación profesional | 0,10% | 0,10% |
TOTAL | 30,3% | 30,6% |
Con lo cual, las cuotas en función de los tipos de autónomos a partir de enero de 2022 son las siguientes:
- Autónomo general: Si un autónomo cotiza por la base mínima de 960,60€ el importe que paga a partir de la subida es de 293,94€. Si el autónomo tuviera otra base de cotización, la cuota sería la resultante de aplicar el 30,60% a la base por la que están cotizando.
- Autónomo con tarifa plana: Al cotizar por la base mínima de 960,60€, los autónomos que tengan tarifa plana y no coticen por cese de actividad, seguirán pagando 60€ durante el primer año, mientras que si cotizan por cese de actividad la cuota sigue siendo de 68,49€. La posibilidad de cotizar por cese de actividad seguirá siendo opcional para aquellos autónomos que empiezan con la tarifa plana, pero una vez finalizan la tarifa plana, es obligatorio cotizar por cese de actividad.
- Autónomo societario: Su base de cotización pasa a ser de 1.234,06€ en 2022 siempre que no tenga bonificaciones, con lo que la cuota a pagar es de 377,87€.
Por lo tanto, y a modo resumen, la subida del SMI ha afectado a las cuotas de los autónomos de la siguiente manera:
HASTA DIC 2021 | DESDE ENERO 2022 | TOTAL | |
Autónomo | 286,15€ | 293,94€ | 7,79€ |
Autónomo con Tarifa Plana (sin cotizar por cese de actividad) | 60,00€ | 60,00€ | 0,00€ |
Autónomo con Tarifa Plana (cotizando por cese de actividad) | 68,49€ | 68,49€ | 0,00€ |
Autónomos societario | 367,87€ | 377,87€ | 10€ |