Baja de autónomo: aspectos a tener en cuenta

Existen muchas razones por las que una persona que trabaja por cuenta propia necesite darse de baja como autónomo/a. En cualquier caso, hay algunos aspectos que recomendamos tener en cuenta antes de causar baja tanto en Hacienda como en Seguridad Social para valorar las implicaciones y evitar posibles sorpresas (desagradables) en un futuro:

  • Tarifa plana → Si actualmente te estás beneficiando de la tarifa plana, ten en cuenta que hasta dentro de 3 años desde tu fecha de baja en Seguridad Social, no podrás volver a beneficiarte de ella y cotizarás en función de tus ingresos reales. Tenemos una web donde explicamos cómo funciona el nuevo sistema de cotización por si lo necesitas en un futuro.
  • Modelos de impuestos → Aunque causes baja, en el siguiente plazo de impuestos tendrás que presentar los modelos de impuestos relativos a la actividad del trimestre hasta la baja. Y, en enero, deberás presentar los modelos anuales.
  • Subvenciones y/o ayudas → Si se te concedió alguna subvención o alguna ayuda al inicio de la actividad (por ejemplo la capitalización del paro), hay que revisar detalladamente las obligaciones por concedértela, porque puede afectarte a posibles deducciones en tu renta o incluso puede que tengas que devolver la ayuda que se te concedió.
  • Bienes o inversiones para el uso personal → Si hay bienes o inversiones que tras la baja se les va a dar un uso personal (esto se denomina autoconsumo), el autónomo debe emitir una factura siendo el proveedor y el cliente y aplicando el IVA correspondiente. De esta manera, lo que se hace es devolver el IVA que se ha deducido anteriormente. El importe de la factura dependerá de si es una existencia, en ese caso será el coste de compra, o si es una inversión dónde el valor será el del momento de su transmisión. Si la inversión es un vehículo y se ha deducido el 50% de la compra, en la factura solo habrá que aplicar IVA al 50% del valor del vehículo.
  • Cese de actividad → Lo que conocemos como «el paro de los autónomos». La duración de la prestación depende del tiempo que lleves cotizado. En el artículo sobre los requisitos y el procedimiento para solicitar el paro de los autónomos puedes ver todos los detalles.
  • Reactivación del paro → Elena tiene un artículo sobre cómo reactivar el paro tras darse de baja como autónomo para que puedas ver si cumples con los requisitos para solicitar la reactivación.
  • Documentación → Los autónomos deben guardar tanto sus facturas de venta como los libros fiscales durante 5 años. Marta Alejandre tiene un artículo donde explica toda la documentación necesaria para un autónomo. Si has trabajado con Cuéntica, los libros fiscales están disponibles en tu calendario fiscal (que también servirán para la declaración de la renta el año siguiente). Además, se pueden descargar todas las facturas con un par de clics.

Si una vez valorados todos estos aspectos sigues queriendo darte de baja como autónomo, los pasos a realizar serían:

  • Para darse de baja como autónomo, primero hay que tramitar la baja en Hacienda mediante el modelo censal 037.
  • Una vez hecho esto, hay que solicitar la baja en la Seguridad Social.

👉 Si has trabajado con Cuéntica y estás valorando darte de baja como autónomo/a, escríbenos para ver cómo podemos ayudarte. Podemos encargarnos de hacer el trámite por ti. 😊

Publicado por Carolina Naval

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