Desde el 1 de enero de 2023, con el nuevo sistema de cotización para los autónomos, han entrado en vigor nuevas bonificaciones para autónomos, como la tarifa plana y la cuota cero.
La tarifa plana es una bonificación que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social a los nuevos autónomos para poderse beneficiar de una rebaja en la cuota mensual de la Seguridad Social. He recogido todas las claves de la tarifa plana en un artículo.
Por otro lado, la cuota cero es una bonificación que diferentes Comunidades Autónomas han puesto a disposición de los nuevos autónomos en 2023.
Por el momento, únicamente la Comunidad de Madrid, Andalucía y Murcia han confirmado su adhesión a esta bonificación.
Cuenca, Soria y Teruel también tienen una bonificación llamada «cuota reducida»: durante 36 meses desde la fecha de alta, el importe de la cuota a la Seguridad Social es de 80€ (quedan exentos de cotizar por cese de actividad y por formación profesional). Esta bonificación se solicita directamente en el alta de autónomo junto con una declaración responsable de que la actividad se va a realizar en una de esas tres provincias.
Quién puede beneficiarse de la cuota cero
Los requisitos para solicitar la cuota cero varía en función de la Comunidad Autónoma en la que resida el autónomo. Los requisitos comunes son:
- Residir en la Comunidad de Madrid, Andalucía, Murcia, Soria, Cuenca o Teruel.
- No haber sido alta en el RETA con anterioridad al 1 de enero de 2023. Si se ha estado de alta previamente, es necesario que hayan pasado 2 años tras la baja o 3 años si se recibió alguna bonificación.
La Comunidad de Madrid ha anunciado que aparte de los nuevos autónomos, las mujeres autónomas que tengan derecho a la cotización reducida debido al nacimiento o adopción, podrán beneficiarse de la cuota cero. Para ello, deberán retomar su actividad en los dos años siguientes a la fecha de cese.
Duración y cuantía
Con la cuota cero, los nuevos autónomos se podrán beneficiar de una exención en la cuota de la Seguridad Social durante, al menos, los primeros 12 meses tras el alta. Sin embargo, para los autónomos que no superen el Salario Mínimo Interprofesional durante el primer año, pueden solicitar una ampliación de esta bonificación hasta alcanzar los 24 meses.
Cómo solicitar la cuota cero
Al tratarse de ayudas autonómicas, las ayudas se deben solicitar en la correspondiente Comunidad Autónoma aportando toda la documentación requerida y solicitar la subvención a través de los portales web.
Por el momento, todavía no se ha dado a conocer el procedimiento de solicitud, pero se presupone que los autónomos tendrán que abonar el primer año la tarifa reducida (80€/mes) y posteriormente solicitar la cuota cero para que se haga efectivo del reembolso de las cuotas abonadas (960€/año) por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente.