¿Qué es la tarifa plana de los autónomos?
La tarifa plana es una bonificación que se aplica a los nuevos autónomos sobre la cuota que tienen que pagar a la Seguridad Social. El objetivo de esta rebaja en la cuota es fomentar el emprendimiento, ayudando a los emprendedores en el inicio de su actividad, que como bien sabemos es un momento de mucho gasto.
¿Quién se puede beneficiar de la tarifa plana?
Duración de la tarifa plana:
A partir del 1 de enero de 2023, la duración y los importes de la tarifa plana son los siguientes:
- Del mes 1 al mes 12 : el importe es de 85,71€/mes.
- Del mes 13 al 24: 85,71€/mes únicamente para los trabajadores autónomos cuyos rendimientos netos no hayan superado el Salario Mínimo Interprofesional (15.120€) en ese periodo. La solicitud de ampliación es necesario realizarla antes del mes 12 y es imprescindible demostrar que se va a estar por debajo del SMI.
Cuando los trabajadores autónomos tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, sean víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo:
- Del mes 1 al mes 24: el importe de la cuota reducida es de 85,71€/mes.
- Se puede prorrogar del mes 25 al mes 36 con un importe de 160€/mes. La solicitud de ampliación debe realizarse antes del mes 24 y es necesario haber tenido unos rendimientos inferiores al SMI (15.120€).
La base por la que cotizan los autónomos con tarifa plana es la mínima del tramo 1 de la tabla general, es decir 950,98€. Recordemos que la base de cotización determina el importe de las prestaciones a recibir por el autónomo, como la prestación por cese de actividad (el paro de los autónomos). Mi compañera Carol lo explica genial en su artículo sobre qué es la cuota de autónomos.
Ampliación de la tarifa plana
Todas las ampliaciones se solicitan a través del portal de Import@ss. En el portal, hay una sección específica para solicitar la prórroga de la tarifa de los autónomos.
Al hacer clic en Solicitar, es necesario identificarse a través de la Cl@ve Permanente, Cl@ve Pin, SMS, DNIe o Certificado electrónico. Una vez realizada la identificación, hay que adjuntar a la solicitud el modelo TA.0521/9 Prórroga de la reducción por inicio de actividad por cuenta propia. Esto es una «declaración» sobre los rendimientos netos que se prevén obtener en el año (para poder optar a las ampliaciones, es imprescindible demostrar que se está por debajo del SMI).
Cuenca, Soria y Teruel tienen una bonificación llamada «cuota reducida»: durante 36 meses desde la fecha de alta, el importe de la cuota a la Seguridad Social es de 80€ (quedan exentos de cotizar por cese de actividad y por formación profesional). Esta bonificación se solicita directamente en el alta de autónomo junto con una declaración responsable de que la actividad se va a realizar en una de esas tres provincias.
Hay algunas provincias que ponen a disposición de los nuevos autónomos la llamada Cuota cero a través de la cual pueden solicitar el reembolso de las cuotas abonadas a la Seguridad Social.