Declaración de la Renta: explicación para todos los públicos

El objetivo de este artículo es explicar, de forma sencilla, qué es el IRPF y entender el funcionamiento de la declaración de la renta, respondiendo a algunas dudas habituales, como quién debe presentarla, qué se debe declarar, cómo funciona el impuesto o por qué a algunas personas les sale a pagar y a otras a devolver y qué significa esto exactamente.

Te recomiendo que eches un vistazo al post que hemos publicado explicando las novedades y los plazos de la Renta en 2024 y también la guía en la que detallamos cómo rellenar una declaración de la renta de autónomo.

Qué es la declaración de la renta (IRPF)

La definición del IRPF es «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas», pues corresponde con sus siglas. Junto con el IVA, es el principal impuesto en nivel de recaudación para la Agencia Tributaria Española.

Como su propio nombre indica, es el impuesto que deben pagar todas las personas físicas que residen en España por todas las rentas que han obtenido a lo largo del año. Por aclarar los conceptos:

  • Con “renta” (o “rendimiento”) se entienden los ingresos netos obtenidos. Es decir, el resultado de restar a los ingresos los gastos que sean deducibles.
  • “Persona física” se entiende por su componente “humano”, a diferencia de las “personas jurídicas” como son las sociedades mercantiles. Estas últimas no tienen IRPF porque ya tienen su propio impuesto: el Impuesto de Sociedades.
  • Se considera “residente” en España, a efectos de IRPF, a cualquier persona que haya vivido en España más de 183 días durante ese año. Si durante un año no se ha vivido al menos ese número de días, se considera como “no residente” de cara a la declaración de la renta, y en ese caso tendrá que presentar una declaración diferente: el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR).

¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?

Está obligado a presentar declaración de la renta toda persona física, sea de nacionalidad española o no, siempre que haya residido en España durante ese año (o tenga en España la base de su actividad económica), que:

  • Haya obtenido rentas que superen el mínimo que se establece cada ejercicio.
  • Tengan algunos tipos específicos de rentas, como las que provienen de una actividad económica, aunque no se supere este mínimo, también tendrá que presentarse la declaración si se tienen.

IMPORTANTE: los autónomos que realizan una actividad económica o profesional están obligados a presentar la declaración de la renta siempre, con independencia de su nivel de rendimientos

¿Cómo hacer la declaración de la renta?

El impuesto tiene una declaración anual, que es la que todo el mundo conoce como la “declaración de la renta”. Esta declaración debe hacerse cada año (modelo 100) y se presenta entre los meses de abril y junio del año siguiente. Por ejemplo, la declaración de las rentas obtenidas en 2023 se presentará entre abril y junio de 2024.

Si quieres más información, te aconsejamos que leas nuestros artículos sobre el calendario fiscal para autónomos y empresas y sobre cómo se hace la declaración de la renta.

¿Qué rentas se deben incluir en la declaración de la renta?

La normativa que regula el IRPF clasifica en 5 tipos de rentas los posibles ingresos que debe declarar una persona física, en función de su procedencia:

  1. Rentas derivadas del trabajo: rentas obtenidas por cada persona y que son fruto de su trabajo actual o anterior. Incluye, además de las nóminas cobradas en el año por el trabajo, el cobro de las pensiones, prestaciones de desempleo, subsidios, algunas indemnizaciones, becas, etc. Es lo que la ley llama «rendimientos del trabajo».
  2. Rentas derivadas de los ahorros: del dinero que se tenga en cuentas bancarias, fondos, depósitos bancario u otro tipo de inversión financiera. Es lo que la ley llama «rendimientos del capital mobiliario».
  3. Rentas derivadas de inmuebles: son las rentas que se obtienen por tener la propiedad de inmuebles. Puede ser por tenerlos arrendados, pero también por el mero hecho de tener una parte de su propiedad Hacienda les «imputa» o calcula una supuesta renta (renta imputada). Es lo que la ley llama «rendimientos de capital inmobiliario».
  4. Rentas obtenidas de hacer una actividad empresarial o profesional: son las rentas o beneficios que se obtienen por hacer una actividad económica o profesional por cuenta propia. Son lo que todo el mundo entiende como los beneficios obtenidos por «trabajar como autónomo», y que la ley llama «rendimientos de actividades económicas».
  5. Rentas por ganancias o pérdidas patrimoniales: son las ganancias (o pérdidas) que se hayan generado derivadas de las entradas o salidas de bienes de nuestro patrimonio. Un ejemplo claro es la ganancia por la venta de un inmueble por un precio superior al que lo compramos.

¿Qué es el IRPF y cómo funciona?

Los dos primeros tipos de rentas, las del trabajo y las del ahorro, son las rentas habituales que tienen la inmensa mayoría de las personas físicas. Las rentas de inmuebles son menos comunes, pero también frecuentes. Las rentas de actividades económicas solo afectan a los autónomos. Y, finalmente, las ganancias y pérdidas patrimoniales son rentas de carácter extraordinario y que se suelen producir de forma muy esporádica, como es el caso de la venta de un piso o la obtención de un premio o ganar la lotería.

Por ello, la inmensa mayoría de las declaraciones de la renta sólo incluyen rentas de los tres primeros tipos. Estas rentas ya son conocidas a lo largo del año por Hacienda, porque obliga a quienes pagan estas rentas a que vayan informando de las mismas a lo largo del año, e incluso a que cada vez que las pagan nos retengan un porcentaje.

De esta forma, al final del año la Agencia Tributaria tiene toda la información sobre las rentas que hemos obtenido. Por ello, si no le consta que seamos autónomos o que haya cambiado nuestro patrimonio, ya genera el borrador de la declaración de la renta para que simplemente cada contribuyente compruebe los datos y la pueda confirmar a través de la aplicación rentaweb de la AEAT o desde la nueva aplicación móvil.

Elena tiene una guía más específica sobre los tramos del IRPF. 😉

¿Por qué no puedo confirmar el borrador de la renta?

En el caso de los autónomos, Hacienda no tiene todos los datos de su actividad económica (el detalle de ingresos, gastos y beneficio final). Como los autónomos no pueden generar el borrador final y nos facilita – en lugar del borrador – un documento con la información fiscal que tiene en ese momento. Con esta información, y usando la misma aplicación rentaweb, se puede generar la declaración de renta incluyendo los datos de la actividad económica que faltan.

Ocurre lo mismo en el caso de que a Hacienda le conste que hemos tenido cambios en nuestro patrimonio: tampoco dispondrá de todos los datos por lo que nos facilita la información fiscal que posea en ese momento.

¿Qué son las retenciones y los pagos a cuenta del IRPF?

Hacienda obliga a los pagadores de la mayoría de las rentas a retener e ingresarle un porcentaje de éstas al realizar cada pago. Son las llamadas retenciones del IRPF, y esto ocurre en el caso de las nóminas, pensiones, algunos alquileres, prestaciones, intereses de cuentas y fondos bancarios, servicios profesionales…

Cuando no existe un pagador claro de algunas rentas, como es el caso de los beneficios obtenidos por los autónomos por realizar su actividad económica, Hacienda exige realizar unos pagos fraccionados, obligando a ingresar, a cuenta de la futura declaración, un porcentaje de este beneficio acumulado cada trimestre.

La Agencia Tributaria, de esta forma, además de conseguir información sobre las rentas cobradas, también va recaudando dinero de cada persona de forma periódica: de cada nómina, liquidación de intereses, alquiler o factura profesional… y lo obtiene trimestralmente cuando los pagadores lo declaran e ingresan. Con este mecanismo de las retenciones y los pagos a cuenta, el estado no tiene que esperar a que se presente la declaración anual para recaudar ingresos y, además, la sensación de carga o presión fiscal para el contribuyente es mucho menor porque se le va recaudando poco a poco en cada nómina o factura.

Por ejemplo, si un trabajador tiene una retención de IRPF en cada nómina mensual de 200€, al final del año Hacienda tendrá 2.400€ de ese contribuyente. Si al hacer su declaración de la renta el cálculo del impuesto final es de 2.800€, esa persona solo tendrá que ingresar 400€ cuando presente la declaración. Y la sensación de pagar 400€ de impuesto es menos negativa que la de pagar 2.800€ de golpe, que es lo que se ha pagado realmente a lo largo de todo el año.

¿Cuándo devuelve Hacienda por la declaración de la renta y por qué?

Cada año, cuando comienza la campaña anual de la declaración de la renta, todos los medios de comunicación publican el titular «este año Hacienda devolverá dinero a X millones de contribuyentes«. Contado así parece que esos X millones de personas no solo no pagan impuestos, sino que reciben una ayuda.

En realidad, la lectura correcta es que Hacienda durante el año les ha retenido a esos X millones de personas más dinero del que finalmente tienen que pagar al hacer el cálculo completo de la declaración, y ahora tiene que devolvérselo. Que quede claro: Hacienda nunca va a devolver a nadie un dinero que no le haya retenido en exceso previamente.

Siguiendo con el ejemplo del trabajador anterior, si el cálculo final del impuesto fuese de 2.200€, como le han retenido por 2.400€, el resultado final de la declaración sería a devolver 200€. Obviamente Hacienda le devuelve esos 200€, pero solo porque se lo había quitado en exceso. En el cómputo del año, esa persona ha acabado pagando los 2.200€ de IRPF que le corresponden.

Cuando no estás obligado a declarar la renta, ¿no pagas impuestos?

Si una persona no llega a un importe mínimo de rentas anuales, que se establece cada año, no está obligada a presentar ese año declaración de la renta. Pero no presentar la declaración no implica que no pague IRPF. Si esas rentas que ha obtenido (aunque no lleguen a un mínimo) han tenido retención, la Agencia Tributaria ya ha recaudado ese importe. Aunque haya sido en exceso, si finalmente no hace la declaración de la renta no habrá devolución y ese importe retenido será el impuesto finalmente recaudado.

CONSEJO: aunque no estés obligado a presentarla, calcula tu declaración anual de la renta, porque quizás te salga a devolver si la haces. Incluso puede ocurrir que, aunque el resultado sea positivo o mínimo, puede suponer un beneficio tener una declaración de impuesto hecha y presentada para poder justificar el importe de las rentas por diversos motivos o trámites.

Te recomiendo que eches un vistazo al post que hemos publicado explicando las novedades y los plazos de la Renta en 2024 y también la guía en la que detallamos cómo rellenar una declaración de la renta de autónomo.

Publicado por Moisés Martínez

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