Qué es el modelo 111 y cómo se cumplimenta

Hemos publicado otro artículo explicando cómo presentar el modelo 111 de forma telemática importando el fichero en la Agencia Tributaria.

¿Qué es el modelo 111?

El modelo 111 es el modelo trimestral por el que las empresas y autónomos declaran e ingresan las retenciones que han practicado durante el trimestre a trabajadores, a profesionales o a empresarios.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Todo tipo de empresario, profesional o sociedad que durante el trimestre o mes correspondiente (será mensual para Grandes Empresas) hayan retenido (descontado) parte de los importes correspondientes a nóminas de empleados, a facturas de profesionales, a facturas de compra de algunas actividades, y otros casos más infrecuentes.

Aplicaremos una retención en los siguientes casos:

  1. Rendimientos de trabajo: nóminas, finiquitos, etc.
  2. Rendimientos de algunas actividades económicas:
    • Actividades profesionales, por ejemplo, a un asesor.
    • Actividades agrícolas y ganaderas.
    • Actividades forestales.
    • Actividades empresariales en estimación objetiva (actividades en módulos que están obligadas a retener el 1%).
    • Propiedad intelectual, industrial, minas…
  3. Premios de participación en juegos, concursos, rifas…
  4. Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos.
  5. Cesiones de imágenes art, 92 LIS.

¿Cuándo se presenta el modelo 111?

El plazo de presentación del modelo 111 es dentro de los 20 días posteriores al final de cada trimestre natural.

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero, ambos inclusive.

Si el día de finalización del plazo coincide con un sábado, domingo o festivo, el plazo será hasta el siguiente día hábil.

Ejemplo de Modelo 111

Cómo rellenar el modelo 111

Los datos necesarios para rellenar el modelo son los correspondientes a las facturas o justificantes de gastos del periodo declarado en los que hayamos retenido al perceptor del gasto. Esta información la obtendremos de forma rápida en los libros registro de gastos o de la contabilidad si ésta se lleva de forma correcta.

Identificación: si se opta por presentar la autoliquidación a través de predeclaración, es decir, para poder llevarla al banco, habrá que poner etiquetas identificativas. Si no se dispone de ellas, sería suficiente con rellenar los datos de identificación que se solicitan al inicio de la predeclaración.

DATOS IDENTIFICATIVOS 111

Devengo: Casilla de ejercicio, se tendrán que poner las cuatro cifras del año natural al que corresponde el trimestre por el que se hace la declaración. Casilla de periodo:

  • 1T: primer trimestre.
  • 2T: segundo trimestre.
  • 3T: tercer trimestre.
  • 4T: cuarto trimestre.

Rendimientos del trabajo

Se harán constar este tipo de rendimientos, separando los correspondientes a los rendimientos dinerarios y a los rendimientos satisfechos en especie.

Casilla 01: número total de personas físicas a las que el declarante les ha practicado retención a cuenta del IRPF en concepto de rendimientos del trabajo. Es decir, el número total de personas a las que se les retiene en sus nóminas en el periodo impositivo que se vaya a declarar.

Casilla 02: suma de todas las bases que están sujetas a retención por el declarante en concepto de rendimiento del trabajo. Es decir, la suma de los totales devengados de las nóminas de los trabajadores a los que se les practica retención en sus nóminas en el periodo impositivo que se declara.

Casilla 03: importe total de las retenciones en concepto de rendimientos del trabajo. Es decir, la suma de todas las retenciones practicadas a los trabajadores en sus nóminas en el periodo impositivo que se declara.

Casillas 04, 05 y 06: igual que las definiciones de las casillas 01, 02 y 03, pero teniendo en cuenta que ahora son rendimientos en especie. Los rendimientos en especie se traducen en la utilización, consumo u obtención por los trabajadores (a cargo de la empresa) y para fines particulares de determinados bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado. Los diferentes tipos de retribución en especie que hay en función de su fiscalidad son:

  • Seguro de enfermedad y asistencia sanitaria.
  • Seguro de accidente.
  • Utilización de vehículo.
  • Cursos de formación y gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.
  • Utilización de vivienda.
  • Vales guardería.
  • Entrega de acciones.
  • Cuota de la Seguridad Social de los autónomos, cuando la paga la empresa.

Rendimientos actividades económicas

Casilla 07: se pondrá el número total de profesionales o entidades en régimen de atribución de rentas a las que el declarante haya satisfecho retenciones en concepto de actividades económicas. Es decir, en el día a día de la contabilidad, habrá facturas con retenciones de profesionales, esas facturas, habrá que sumarlas para saber todos los profesionales que han practicado retención en sus facturas.

Casilla 08: suma de todas las contraprestaciones dinerarias sujetas a retención en concepto de actividades económicas. Es decir, la suma de todas las bases imponibles de las facturas de profesionales que han practicado retención en las facturas.

Casilla 09: importe total de las retenciones en concepto de rendimiento de actividades económicas. Es decir, en esta casilla, se pondrá el total de la suma de todas las retenciones practicadas en las facturas de los profesionales.

Casillas 10, 11 y 12: será exactamente igual que las definiciones de las casillas 07, 08 y 09, pero teniendo en cuenta que ahora son rendimientos en especie.

Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias

Este epígrafe, pocas veces se rellena, solamente cuando el declarante ha entregado premios sujetos a retención durante el periodo declarado.

Hay que saber distinguir entre premio en metálico (dinero, cheques…) y premios en especie (coches, propiedades inmobiliarias…).

Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos.

Se incluirán en este epígrafe los datos correspondientes a las percepciones satisfechas por el declarante como consecuencia de los aprovechamientos forestales en montes públicos y que constituyan para los perceptores ganancias patrimoniales.

Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen

Se incluirán en este epígrafe los datos correspondientes a los derechos de imagen.

Total liquidación

Casilla 28: se rellenará en esta casilla la suma de las retenciones e ingresos a cuenta de todos los epígrafes anteriores. Es decir, la suma de las casillas 03+06+09+12+15+18+21+24+27.
En la práctica normalmente suele ser la suma de las casillas 03+09, porque el resto de las casillas suele ser cero.

Casilla 29: se rellenará esta casilla, exclusivamente en el caso de declaración complementaria. En ella se pone el resultado de la liquidación anteriormente presentada correspondiente al mismo año y periodo. Se rellena cuando se ha cometido un error en declaraciones anteriormente presentadas.

Casilla 30: en esta casilla se pone el resultado de la diferencia entre las casillas 28 y 29. Este es el resultado final de la declaración.

Ingreso

Una vez cumplimentado el modelo, el resultado del mismo puede ser a pagar, o negativo. Negativo no quiere decir que la Agencia Tributaria devuelva dinero, sino que no habrá que pagar nada.

INGRESO MOD111

En el caso de que el modelo sea a pagar y que se haya optado por la presentación en papel (predeclaración), se tendrá que presentar en una entidad colaboradora, es decir, en un banco. Si se efectúa el ingreso mediante adeudo en cuenta, se rellenarán los datos completos de la cuenta de adeudo (IBAN). La presentación de este impreso se realiza en la entidad bancaria que se ha señalado en la «forma de pago«.

En caso de realizar la presentación por medio electrónico se podrá elegir «domiciliación bancaria» si se presenta antes del día 15 o a través de un NRC si se realiza la presentación en los días posteriores que van del 15 al 20. Mi compañera Marta Alejandre explica en su artículo qué es el NRC y cómo obtenerlo.

Declaración negativa

Modelo 111: Declaración negativa

Si el resultado de la casilla 30 fuera negativo, se habla de una autoliquidación negativa.

Entonces habrá que pinchar la casilla indicada para ello. La presentación en este caso, se deberá hacer en la delegación de la Administración Tributaria que corresponda al domicilio fiscal, que es el que aparece en las etiquetas identificativas y siempre y cuando se trate de una persona física y no de una sociedad. También si se tiene un certificado digital, se puede presentar a través de la Sede Electrónica de Hacienda sin necesidad de ir a una oficina física.

Complementaria

Modelo 111: Declaración complementaria

Estas declaraciones se dan cuando se cometió algún error en una declaración ya presentada y cuyo importe habrá que modificar, en este modelo sólo cabe la presentación de complementaria, cuando el resultado de la complementaria sea por importe mayor al de la incorrectamente realizada.
En los modelos 111 complementarios se rellenarán las casillas por los importes correctos y se marcará la casilla que indica que el modelo es complementario, teniendo que especificarse el número de referencia del modelo al que se está rectificando.

Se pinchará Casilla indicada al efecto cuando esta autoliquidación sea complementaria de otra presentada anteriormente por el mismo concepto y correspondientes al mismo periodo y año. Se pondrá el número de justificante, que aparece en la autoliquidación anterior presentada.

FIRMA MOD 111

Una vez rellenado el impreso, el modelo 111 debe ser firmado por el declarante.

Se puede acceder a la información del modelo 111 a través del siguiente enlace de la página de la Agencia Tributaria:

Si se dispone de certificado o firma electrónica se puede hacer la presentación de este modelo a través de la web de la Administración Tributaria. En este caso, ya no es necesario que el impreso se lleve al banco si sale a pagar o a la Administración Tributaria si te sale negativo. Directamente se enviará con la firma electrónica y ya está.

Al final del ejercicio, coincidiendo con el cuarto trimestre (4T) se presenta un resumen anual de todas las retenciones del ejercicio, en el que se detallará la identidad de los perceptores: resumen anual del modelo 190.

Hemos publicado otro artículo explicando cómo presentar el modelo 111 de forma telemática importando el fichero en la Agencia Tributaria.

Publicado por Carolina Naval

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