Hemos publicado otro artículo explicando cómo presentar el modelo 115 de forma telemática importando el fichero en la Agencia Tributaria.
¿Qué es el modelo 115?
El modelo 115 es conocido comúnmente como la declaración trimestral de las retenciones por alquileres.
¿Quién tiene que presentar el modelo 115 obligatoriamente?
Este modelo solo estarán obligados a presentarlo aquellos autónomos, profesionales o sociedades que paguen alquileres por locales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos.
No tendrán obligación de presentarlo en caso de que:
- Sean alquileres de vivienda que las empresas les pagan a sus trabajadores.
- Los alquileres pagados no superen los 900€ anuales a un mismo arrendador.
- El arrendador (quien alquila) acredite al arrendatario (el inquilino) estar incluido en alguno de los epígrafes del grupo 861, es decir, los relacionados con los alquileres, siempre y cuando la cuota a pagar por estos epígrafes del impuesto de actividades económicas no sea cuota cero. Dentro de este punto hay que puntualizar que, para poder considerarse exento de la obligación de retener, es necesario que se le pida al arrendador (dueño del local), un certificado de Hacienda donde ésta acredite la exención del propietario.
- Sean arrendamientos financieros (leasing).
¿Cuándo se presenta el modelo 115?
El modelo 115 es trimestral y sus plazos de presentación son los siguientes:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
- Cuarto trimestre:dDel 1 al 20 de enero, ambos inclusive.
Hay que tener en cuenta que los casos en los que los días de final del plazo sean sábado, domingo o festivo, el plazo será hasta el siguiente día hábil.
¿Cómo se rellena y cumplimenta el modelo 115?
Para cumplimentar los datos económicos a declarar, habrá que introducirlos en el apartado de:
Liquidación:
- Casilla 01: se rellena el número de perceptores, es decir el número de personas o empresas a las que se les paga el alquiler.
- Casilla 02: se rellena la base de las retenciones e ingresos a cuenta, es decir el bruto de la factura, la cantidad aplicada antes de incluirle el IVA y quitarle la retención.
- Casilla 03: se rellena las retenciones e ingresos a cuenta, es decir el total de las retenciones que se hayan realizado en concepto de alquileres para ese periodo.
- Casilla 04: esta casilla se rellena solo si la declaración que se presenta es complementaria.
- Casilla 05: es el resultado a ingresar. Será la diferencia entre las casillas 3 y 4.
Ejemplo: Supongamos que una empresa alquila durante un mes un local, en el contrato figura que el alquiler es de 1.000€ más los impuestos correspondientes menos las retenciones legales. La base de retenciones será de 1.000€ (se pondrá en la casilla 2) y las retenciones de 190€ (se pondrá en la casilla 3), el porcentaje de retención en los alquileres es del 19%.
Resultado del modelo:
En el caso del modelo 115, el único resultado posible es a pagar, es decir en ningún caso se podrá presentar un modelo 115 negativo (a cero).
El importe del resultado a ingresar que sale en la casilla 5, se trasladará a este apartado en el que habrá que indicar la forma de pago elegida. Si se efectúa el ingreso mediante adeudo en cuenta, se rellenaran los datos completos de la cuenta de adeudo (IBAN). Es muy importante que el importe del ingreso coincida con el que aparece en la casilla 5. La presentación de este impreso se realiza en la entidad bancaria que se ha señalado en la «forma de pago«, siempre y cuando se haya elegido la opción de presentar el modelo 115 mediante «predeclaración«. En caso de realizar la presentación por medio electrónico se podrá elegir «domiciliación bancaria» si se presenta antes del día 15 o a través de un NRC si se realiza la presentación en los días posteriores que van del 15 al 20.
En el caso de que a la hora de presentar el modelo 115, se haya cometido un error y se haya dado de alta a la empresa en el modelo sin estar obligada a ello, se tendrá que presentar antes del fin del periodo de presentación, un modelo 036/037, en el que habrá que dar de baja la obligación de presentar modelo 115 de esa empresa y habrá que aportar un escrito explicando el motivo por el que se presenta ese modelo, alegar cuál fue el error y aportar la documentación que demuestre la no obligación de presentarlo.
Declaraciones complementarias:
Estas declaraciones se dan cuando se cometió algún error en una declaración ya presentada y cuyo importe habrá que modificar. En este modelo sólo cabe la presentación de complementaria cuando el resultado de la complementaria sea por importe mayor al de la incorrectamente realizada. En la declaración complementaria del modelo 115, se rellenarán las casillas por los importes correctos y se marcará la casilla que indica que el modelo es complementario, teniendo que especificarse el número de referencia del modelo al que esta rectificando.
Firma:
Una vez rellenado el impreso, el modelo 115 debe ser firmado por el declarante.
Puedes acceder a la información del modelo 115 a través del siguiente enlace de la página de la Agencia Tributaria:
Si dispones de certificado o firma electrónica puedes hacer la presentación de este modelo a través de la página de la Administración Tributaria.
Resumen anual de retenciones por alquiler
Al igual que el modelo 111, al final del ejercicio y coincidiendo con la declaración del cuarto trimestre, se debe presentar un resumen anual de las retenciones declaradas en el modelo 115 donde se detallará la identidad de los perceptores. El resumen anual se presenta mediante la declaración del modelo 180.
Hemos publicado otro artículo explicando cómo presentar el modelo 115 de forma telemática importando el fichero en la Agencia Tributaria.