Las personas que quieren darse de alta como trabajadores autónomos, tienen que realizar 2 trámites principales, que hay que hacer en el siguiente orden:
- Dar de alta la actividad en Hacienda.
- Realizar el alta como autónomo en la Seguridad Social.
En este artículo nos vamos a centrar en el primer paso, el alta en la Agencia Tributaria. En cualquier caso, en Cuéntica tenemos un servicio para tramitar tu alta como autónomo. Independientemente de que quieras usar Cuéntica como sistema de gestión y control, puedes contratar este servicio para resolver cualquier duda que tengas, tomar la mejor decisión sobre el mejor momento y la mejor forma para darte de alta… y hacer el trámite para ser autónomo en menos de 12 horas. Todo de forma telemática, totalmente online.
Para realizar el alta de autónomo en Hacienda es necesario rellenar el modelo 036 simplificado. Una vez se ha identificado en la web de la Agencia Tributaria y haber confirmado que se actúa en nombre propio, hay que confirmar que se quiere rellenar el modelo 036 simplificado:

A partir de ahí, hay que ir rellenando la información en cada una de las 9 pestañas habilitadas para ello:
Página 1: Datos identificativos
- Datos identificativos: los datos personales del autónomo.
- Causas de presentación: Alta en el Censo Empresarial.
Página 2A: Identificación
- Teléfonos y direcciones para las notificaciones de la AEAT
- Domicilio fiscal: la dirección en la que se va a realizar la actividad.
Página 4: Declaración de actividades económicas y locales
Hay que hacer clic en «Añadir registro» y posteriormente, completar un registro por cada actividad que se vaya a realizar según el buscador de actividades:

- Actividad:
- Tipo de actividad: elegir si es una actividad empresarial, profesional o artística.
- Epígrafe e IAE: indicar el grupo o epígrafe donde está enmarcada la actividad.
- Descripción de la actividad: se rellena automáticamente en función al tipo y al epígrafe que se hayan marcado.
Si la actividad se va a desarrollar en un lugar diferente al indicado anteriormente, habrá que indicarlo en la sección que corresponda (en un local determinado, fuera de un local determinado…)
Página 5: Impuesto sobre el Valor Añadido
- Información obligaciones: se marcará esta opción si se van a realizar operaciones exentas de IVA y no se debe tributar por este impuesto.
- Inicio de actividad: fecha en la que se inicia la actividad.
- Regímenes de IVA aplicables: en el modelo 037 los regímenes de IVA que pueden seleccionarse son:
- Régimen general: es el régimen por defecto y el principal, el de la mayoría de los autónomos.
- Régimen especial de recargo de equivalencia: si se van a vender productos sin realizar ningún tipo de transformación en ellos y más del 80% de los clientes va a ser cliente final.
- Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca: si vas a ser titular de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras.
- Régimen simplificado: está unido al régimen de estimación objetiva de IRPF calculando el IVA a declarar en función de estos módulos, y también solo se puede elegir para ese listado de actividades.
- Régimen especial del criterio de caja: si se quiere pagar el IVA de las facturas emitidas cuando son cobradas y no en el momento de emitirlas.
Página 6: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Obligación del pago fraccionado a cuenta del IRPF: se marcará esta opción solamente si la actividad que se va a desarrollar NO es una actividad profesional o, en cualquier caso, si se estima que menos del 70% de las facturas de venta no van a llevar retención. Al marcar esta opción, el autónomo estará obligado a presentar trimestralmente el Modelo 130.
- Régimen de estimación en el IRPF: aquí se debe elegir la modalidad o el sistema por el que se va a calcular el beneficio obtenido, y por el que se tributará en IRPF. Las opciones son:
- Estimación Directa Normal: muy poco habitual porque exige llevar un contabilidad estricta como una sociedad.
- Estimación Directa Simplificada: para calcular el beneficio no es necesario llevar una contabilidad estricta sino unos libros más simples. Es la opción típica que eligen la inmensa mayoría de los autónomos y profesionales.
- Estimación Objetiva (Módulos): el beneficio no se calcula por los ingresos o gastos reales sino en función de unos elementos (o módulos) que existen en tu negocio (trabajadores, vehículos, superficie del local, etc). Esta opción solo se puede elegir para determinadas actividades comerciales y agrarias muy concretas. Esta lista de actividades, y sus módulos aplicables, se actualiza cada año. Aquí puedes consultar la orden que regula la lista de actividades en módulos para el año 2019.
La elección en el momento del alta de una de estas modalidades de estimación va a suponer unas obligaciones fiscales específicas, y además implicará una permanencia mínima durante varios años antes de poder volver a cambiar este régimen de estimación.
Página 7: Retenciones e ingresos a cuenta
Aquí el autónomo comunica a Hacienda si va a tener nóminas de trabajadores asalariados o recibir facturas de compra de servicios que le obligan a retener a los proveedores que se dedican a las siguientes actividades:
- Rendimientos de trabajo: nóminas, finiquitos, etc.
- Rendimientos de algunas actividades económicas:
- Actividades profesionales.
- Actividades agrícolas y ganaderas.
- Actividades forestales.
- Actividades empresariales en estimación objetiva (actividades en módulos que están obligadas a retener el 1%).
- Propiedad intelectual, industrial, minas…
- Ingresos por arrendamientos o subarrendamientos de inmuebles urbanos.
Marcar estas opciones implica la obligación de presentar trimestralmente el modelo 111 (trabajadores y profesionales) y el modelo 115 (alquileres de inmuebles urbanos).
Página 9: la página 9 solo es accesible si se marcan determinadas casillas a lo largo del formulario.
Una vez se han rellenado todos los campos del formulario, hay que hace clic en «Validar declaración». De este modo, se confirma que no ha habido errores tipográficos y se puede proceder a la presentación:
Una vez validado, se puede proceder a presentar el modelo haciendo clic en «Firmar y enviar».
Si la presentación se ha realizado con éxito, se generará un PDF con el modelo cumplimentado para descargar y guardar junto con el resto de documentación como autónomo.

